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Los motivos por los que te puedes librar de pagar una multa

¿Estás indignado porque te han multado de forma injusta? ¿Crees que la Administración no tiene razón al sancionarte?  No te resignes a pagar la multa y recúrrela.

8 motivos por los que te puedes librar de pagar multas

  1. Te han comunicado la sanción de forma defectuosa.

La Administración tienen la obligación de indagar cuál es tu domicilio para notificarte la multa, y sólo cuando hayan hecho todo lo posible y no te localice, te la puede notificar mediante su publicación en el BOE. Por lo que si recibes de Hacienda la reclamación para que pagues la multa, pero no te han notificado la sanción previamente por vía administrativa, podrás recurrirla para que te la anulen.

  1. Te han notificado la multa fuera de plazo.

Tanto la DGT, como los Ayuntamientos, tienen un plazo limitado para comunicarte las sanciones, que será de 3 meses en el caso de sanciones leves -por ejemplo, las multas por estacionamiento en zona de paso para peatones-, de 6 meses para las graves – por ejemplo, no hacer uso del cinturón de seguridad- y de 1 año para las muy graves –conducir con tasa del alcohol superior a 0,25 mg/l en aire espirado-.

En caso de que te llege la multa a tu casa más tarde podrás alegar que se encuentra prescrita y no tendrás que pagarla.

  1. No te cobran la sanción a tiempo.

Por ley, la Administración tiene un plazo de 4 años desde que la sanción es firme (cuando ya no se puede recurrir) para iniciar el procedimiento para cobrarte la multa, y si no cumple con este plazo, ya no podrá hacerlo porque la sanción estará prescrita.

  1. Presuponen que eres el culpable.

Suele ser habitual que no te paren e identifiquen en el momento en que cometes la infracción y te remitan la multa directamente a casa. En estos casos, lo primero que debes recibir es una solicitud para que identifiques al conductor.

Si no es así, entonces la Administración presupone que el propietario del vehículo es quien ha cometido la infracción, cuando no tiene porque ser así, motivo este por el que se puede anular también la multa.

  1. La sanción contiene datos incorrectos.

Es muy importante que examines con detalle los datos que se recogen en la multa porque si a esta le falta algún dato importante o el mismo no es correcto, en especial si el defecto afecta tanto al vehículo como al autor de la sanción – DNI, matrícula, color, modelo- u otra información que no aparezca correcta en la multa, la misma podrá ser recurrida con grandes posibilidades de éxito.

  1. Falta de información sobre la perdida de puntos.

En el caso de que nos multen y dicha sanción conlleve la pérdida de puntos del permiso, pero el agente en ningún momento nos informada de esta circunstancia, dicha falta de información puede suponer también al éxito en el recurso y que nos anulen la multa.

  1. Si el Agente que te sanciona no corrobora su versión.

Algo a lo que la Administración no le suele dar importancia, y que es de especial relevancia, es que cuando te ponen una multa puedes recurrirla pidiendo las pruebas que justifiquen la sanción.

En muchas ocasiones, lo único que te incrimina es la palabra del agente, quien tiene la obligación de ratificar, en un nuevo informe, si lo solicitas, su versión de los hechos, y si no lo hace o lo hace una vez pasado el plazo, entonces, existe una falta de pruebas que toda probabilidad supondrá el existo de tu recurso.

  1. Errores en los márgenes de velocidad.

Las multas de tráfico por exceso de velocidad son las más comunes y, aunque se tenga la creencia que son difíciles de recurrir, no lo son tanto. Y es que, no existe ningún radar cuyo margen de error sea del 0%, por lo que siempre habrás que fijarte en el radar te ha ‘cazado’ y comprobar su fiabilidad mediante un informe, o si está debidamente certificado o aprobado, así como si la matrícula de tu vehículo aparece borrosa, lo que jugará a nuestro favor para recurrir la multa con elevadas posibilidades de éxito.

Vale, ¿y cómo recurro la multa?

Una vez que hayas recibido la multa, tienes un plazo de 20 días (incluyendo sábados, domingos y festivos) para presentar alegaciones explicando los motivos por los que consideras que has sido sancionado injustamente, aportando las pruebas que creas conveniente en tu defensa.

Presentadas las alegaciones, pueden suceder varias cosas, en primer lugar, que la Administración practique alguna prueba (por ejemplo requerir al agente que te puso la multa para que se ratifique en su versión de los hechos), en cuyo caso te enviaran copia de la misma y te concederán un plazo de 15 días para decir lo que creas conveniente.

En segundo lugar, y lo que suele ser más habitual, que directamente te notifique la resolución sancionadora, donde ya no será posible el pago con acogiéndonos a la bonificación del 50%, y contra el que podrás presentar recurso administrativo en el plazo de un mes ante la propia Administración.

Además de los recursos en vía administrativa, es importante que tengas en cuenta la posibilidad que existe de impugnar las multas en vía judicial, donde se obtienen muy buenos resultados en la anulación de las mismas, como consecuencia de la indefensión creada a la persona sancionada por la Administración debido a no tramitar los expedientes como debería legalmente.

Y si te ha ocurrido y quieres que un abogado te lo haga más fácil ponte en contacto con nosotros.

 

En muchas ocasiones, la falta de tiempo, la incertidumbre, y el desconocimiento del procedimiento llevan a que la mayoría de las personas no recurran las multas que se les imponen, pagándolas rápidamente para acogerse al descuento del 50% y perdiendo así el derecho a presentar un recurso y cualquier opción de defensa.

Pero como te acabamos de contar, eso no quita que existen multitud de razones por las que con unas altas posibilidades de éxito es posible anular una multa y que no haya que pagar nada. Para ello es necesario contar con un equipo de profesionales que te haga fácil lo que tú ves imposible. Conocer las claves a la hora de recurrir es fundamental si no quieres que la Administración se salga con la suya de cualquier manera.

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