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Otro palo a los Bancos: Adiós a las Comisiones por Descubierto

Quedarse en NÚMEROS ROJOS o RETRASARSE EN LOS PAGOS de los créditos es más habitual de lo que parece y a consecuencia de ello quien más y quien menos ha tenido que soportar el pago de la consiguiente comisión al banco en el cual el cliente en su día depositó su confianza.

 Dicha practica puede que tenga los días contados

La Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vascas ha logrado una sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de Álava en sentencia 411/2016 de 30 de diciembre, que obliga a la entidad Kutxabank a dejar de aplicar la llamada “comisión por reclamación de posición deudora”. Esta comisión, es una práctica aplicada por la mayoría de entidades financieras, la cual entra en juego cuando un cliente de la entidad no paga un plazo de un préstamo o su cuenta corriente esta en números rojos.

La sentencia a la que nos referimos, es una sentencia extraordinaria y pionera, puesto además de anular una clausula o una comisión abusiva en una demanda particular, condena al Banco (en este caso la entidad financiera Kutxabank) a eliminar de sus condiciones generales estas comisiones por ser nulas, y a abstenerse de utilizarlas en lo sucesivo.

Pero no solo eso, sino que además es la primera sentencia dictada en España que obliga a una entidad financiera a anular una comisión a todos sus clientes tanto los presentes como los futuros.

En esta sentencia, se analiza una práctica llevada a cabo por la entidad Kutxabank, por la que en la mayoría de sus contratos de crédito incorporaba una clausula por la que se establecía una comisión por reclamación de posiciones deudoras vencidas o descubiertos. Tal clausula disponía:

«Por cada situación de impago de préstamo o crédito, así como por cada posición deudora que se produzca en cuenta a la vista, y una vez realizada la oportuna gestión personalizada (de las que se recogerá constancia fehaciente) con el cliente solicitando su regularización, se devengará una comisión en concepto de Comisión por reclamación de posiciones deudoras vencidas o descubiertos que se liquidará en cuenta, siendo el importe de la misma 30 euros”.

La Sala de la Audiencia Provincial de Álava razona que la tarea de recobro no es un servicio facilitado al cliente así como tampoco un gasto en que incurra la entidad.

De la misma forma, el Tribunal entiende que cuando se produce un descubierto opera el interés de demora de la contratación bancaria, aceptado y compartido por toda la jurisprudencia. Ahora bien, si a este interés de demora le sumamos la comisión resulta desde todos los puntos de vista desproporcionado.

El objetivo de Casasempere abogados no es otro que protegeros y manteneros informados acerca de vuestros derechos, y ayudaros desde nuestra experiencia abalada en más de 20 años de ejercicio profesional, a exigir aquello que os corresponde, siempre desde la transparencia y cercanía que nos caracteriza.

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