Volver a casarse tras el divorcio es cada vez más habitual. Incluso tenemos clientes que han llegado a divorciarse con nosotros hasta 3 veces de parejas distintas. El preguntarse ¿Tiene derecho a la pensión de viudedad mi segunda esposa? o ¿Tengo derecho a pensión de viudedad en caso de divorcio? es una de las preguntas que parece que nos persigue en los últimos meses.
Esta última sobre todo en las visitas que nos llegan al despacho de mujeres que se enfrentan a su divorciado con más de 60 años. En Casasempere Abogados nos ha motivado la preparación de este post tras recibirla por dos veces en la sesión 36 de “Habla con mi abogado online” realizada ayer.
¿Todavía no sabes qué es “Habla con mi abogado online”?.
Es el espacio de preguntas y respuestas que realizamos en directo. Resolvemos dudas sobre divorcios, custodias y temas relacionados con los hijos y el derecho de familia. Lo hacemos cada dos jueves en nuestra página de facebook, te dejamos enlace al último realizado ayer:
Sesión 36 “Habla con mi abogado online”
El próximo lo tenemos el 11 de abril a las 20 horas. Si quieres que te avisemos sólo tienes que dar me gusta a nuestra página de facebook: https://www.facebook.com/casasempereabo/.
¿Requisitos pensión de viudedad divorciados?
En los supuestos de separación o divorcio la pensión de viudedad corresponde a quién sea o haya sido cónyuge legítimo o pareja de hecho.
Además de los requisitos generales exigidos en todas las prestaciones con origen laboral de cumplir con el alta, afiliación y cotización a la seguridad social del causante. Los separados o divorciados deben acreditar los siguientes requisitos:
- Ser beneficiario del fallecido de pensión compensatoria establecida en la correspondiente sentencia y que esta se extinga con el fallecimiento.
- No haber contraído nuevo matrimonio o no haber constituido nueva pareja de hecho.
- Que el derecho a percibir la pensión compensatoria no se haya extinguido por las causas establecidas en el artículo 101 del código civil o que tratándose de otra pensión equiparable , continue vigente a la fecha del fallecimiento.
- Las cuantías establecidas en la sentencia serán tenidas en cuenta a efectos de límites en el pago de la pensión de viudedad.
Pensión de viudedad con dos beneficiarios
Si tras el divorcio se produce un nuevo matrimonio, concurren a la pensión de viudedad dos beneficiarios. La actual mujer y la ex pareja.
En estos supuestos se reconoce en cuantía proporcional al tiempo convivido con el cónyuge fallecido, garantizándose una cuantía mínima del 40 % para el cónyuge actual o la pareja de hecho que conviviera con el fallecido.
El modulo de referencia para medir el tiempo que sirve para calcular la cuantía proporcional empieza con la fecha del matrimonio que es disuelto por divorcio y termina con la fecha de fallecimiento.
En el supuesto que la pensión de viudedad sea superior al importe de la pensión compensatoria establecido en sentencia. La pensión de viudedad se reduce hasta alcanzar el importe de aquella y el excedente se incrementa en la pensión de viudedad que corresponda al cónyuge o pareja de hecho existente al momento del fallecimiento.
Separación judicial o divorcio antes de 1-1-2008
Cuando la separación o el divorcio sea anterior a 01-01-2008 el reconocimiento de la pensión de viudedad no quedará condicionado a que la persona divorciada o separada sea acreedora de pensión compensatoria siempre que:
- – Entre la fecha del divorcio o separación y el fallecimiento no hayan transcurrido más de 10 años.
- – El vínculo matrimonial haya tenido una duración mínima de 10 años.
- – Además se cumpla alguna de estas condiciones.
- – Existencia de hijos comunes al matrimonio o
- – El beneficiario tenga una edad superior a los 50 años en la fecha del fallecimiento del causante.
A partir del 1- 1- 2013 también tendrán derecho a la pensión de viudedad las personas divorciadas o separadas antes del 01-01-2008 que no reúnan los anteriores requisitos siempre que :
- -Tengan 65 o más años
- – No tengan derecho a otra pensión pública
- – La duración del matrimonio con el fallecido no haya sido inferior a 15 años
Pensión viudedad divorcio violencia de género
Tendrán derecho a la pensión de viudedad, aún no siendo acreedoras de la pensión compensatoria, las mujeres que puedan acreditar mediante sentencia firme de condena o archivo de la causa por extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento o en su caso por orden de protección dictada a su favor o informe del Ministerio Fiscal o cualquier otro medio de prueba que acredite la existencia de actuaciones penales contra el esposo.
Cuantía pensión viudedad divorciados
De forma general la cuantía que se abona es equivalente al 52 % de la Base Reguladora.
Esta base se calcula en función de la situación laboral del causante al momento del fallecimiento (activo o pensionista) y a la causa que genera el fallecimiento (enfermedad común o accidente laboral).
Y tú, ¿tienes alguna otra duda sobre la pensión de viudedad en caso de divorcio?, si tras leer este post todavía te queda alguna duda, déjanos tu comentario y te la resolveremos. También, nos puedes ubicar en nuestra sección de contacto para conversar con unos de nuestros abogados.
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Gracias
4 comentarios en «PENSIÓN DE VIUDEDAD SEGUNDA ESPOSA»
Si mi marido fallece estoy casada com el y el le pasa una pensión compensatoria a su primera mujer que ne correspondería a ni gracias
Josefa los importes a percibir de las prestaciones de viudedad se deben calcular en el momento exacto de producirse el fallecimiento. La normativa cambia continuamente. Este artículo es solo informativo de cara a que personas como tú sepan que existen esos derechos. pero no somos un despacho que se dedique a cálculos de pensiones de viudedad ni trámites laborales. Si quieres profundizar te recomendamos que acudas a una oficina de la seguridad social o a un abogado especializado en temas laborales.
Soy pareja de echo hace 4 años. Se mi pareja fallece y estoy com él y el le pasa una pensión compensatoria a su primera mujer que me correspondería ? Gracias
Silvina los importes a percibir de las prestaciones de viudedad se deben calcular en el momento exacto de producirse el fallecimiento. La normativa cambia continuamente. Este artículo es solo informativo de cara a que personas como tú sepan que existen esos derechos. pero no somos un despacho que se dedique a cálculos de pensiones de viudedad ni trámites laborales. Si quieres profundizar te recomendamos que acudas a una oficina de la seguridad social o a un abogado especializado en temas laborales.