fbpx

¿Es legal grabar a tu pareja sin consentimiento y utilizarlo como prueba?

Cliente: – Creo que me han grabado sin mi consentimiento mientras entregaba a mi hija. Estaban mi ex suegros con el móvil en la mano y no dejaban de ponerlo cerca de mí.

Abogado: – Date cuenta que todo lo que ocurre dentro de una casa no se puede probar. Si pasa algo es fundamental poder demostrar que los hechos ocurrieron como realmente sucedieron y no como los cuentan.

Cliente: – ¿Y cómo voy a poder probarlo?

Abogado: – Grabándolo con tu móvil.

Cliente: – ¿Pero es legal grabar la conversación?, yo había oído que es ilegal.
Esta es una de las preguntas estrella que siempre sale a lo largo de una visita de divorcio o custodia de hijos menores.

¿Grabar a una persona sin su consentimiento es delito?

La respuesta es un NO rotundo.

Podemos grabar siempre que seamos parte de la conversación, intervengamos en ella o participemos como interlocutores.

Lo que es ilegal, y se consideraría una intromisión ilegítima en la privacidad de las personas y en el derecho al secreto de las comunicaciones, es captar la conversación de terceros ajenos mediante aparatos de escucha y grabarlas.

¿Grabar una conversación con el móvil es legal?

Muchas veces nos preguntan “¿puedo grabar una conversación de móvil?”

La respuesta es SÍ, siempre que intervengamos en la conversación y sea una conversación que no estamos queriendo provocar con el ánimo de obtener una determinada confesión o declaración.

Siempre que la conversación sea espontánea y natural no conducida. Es decir, siempre que grabemos aquellas conversaciones en las que participemos pero sin una finalidad de dirigir la conversación, sino sólo a efectos de poder acreditar el verdadero contenido de lo que ha ocurrido en ese encuentro.

No existe por lo tanto impedimento alguno para otorgar plena validez legal a las grabaciones telefónicas. Eso sí, siempre que hayamos seguidos estos sencillos pasos que hemos indicado podrán ser utilizadas como medio de prueba válido admitido ante los tribunales.

¿Cómo hago para grabar?

Tan sencillo como utilizar la grabadora que integra tu dispositivo móvil, ya sea iOS o Android. Todas disponen de una aplicación de grabadora que puedes emplear para grabar.

Sólo tienes que darle al botón REC y te aconsejamos poner tu dispositivo en modo avión para evitar que se corte si entra una llamada mientras grabas.

En nuestro caso, como usuarios de iPhone llevamos utilizando más de 10 años la aplicación “audio memos” con unos resultados excelentes en la calidad de los audios.

¿Esto vale para las grabaciones entre cónyuges?

SÍ, pero vamos a desvelar un requisito adicional que también debe ser tenido en cuenta en las situaciones que ya hemos comentado.

Aunque es perfectamente LEGAL grabar una conversación en la que participamos como interlocutores, debemos tener cuidado con el contenido de la grabación.

¿Por qué? Porque si en esa conversación se están tratando temas íntimos o de la esfera personal de las personas que intervienen puede llegar a ser considerado un delito de revelación de secretos si procedemos a su publicación.

Por eso, siempre aconsejamos a los padres y madres que empiezan un proceso de divorcio que lleven encima sus móviles con su aplicación de grabadora instalada, la batería bien cargada y que en todos los encuentros y recogidas tengan activado el REC de grabación.

Y les aconsejamos que eviten entrar durante la conversación en intimidades propias de su relación. Su uso debe dirigirse a esclarecer hechos sobre falta de entrega o recogida de los menores, actitud en los encuentros, posibles insultos o amenazas.

Nunca se sabe cuándo puede saltar el conflicto entre los padres que se están divorciando y, aún no queriendo problemas, puedes verte envuelto. La mejor forma de demostrar la realidad de lo sucedido es con la grabación integra de lo ocurrido.

En los procesos de violencia de género y en los procesos de familia nos vemos a diario rodeados de grabaciones. Es sin ninguna duda una de las pruebas estrella que usamos los abogados. Y que nos están permitiendo demostrar a los jueces la realidad o no realidad de esos insultos, gritos o amenazas que según la denunciante o el denunciante fueron dirigidos por nuestros clientes.

Por lo tanto, grabar a tu pareja sin su consentimiento es perfectamente legal SIEMPRE que se cumplan los REQUISITOS que estamos detallando en este post.

¿La grabación sin consentimiento es delito?

No, para nada.

Estamos tan acostumbrados a las locuciones telefónicas de los bancos, empresas de telefonía, seguros…etc. que nos avisan de que “esta llamada puede ser grabada” que se ha creado un bulo o costumbre generalizada de que es necesario avisar de la grabación.

No. Ese aviso que hacen estas empresas es como consecuencia de la aplicación de la normativa de protección de datos personales para poder almacenar en sus ficheros de datos las locuciones como medio de las operaciones realizadas con nosotros como clientes.

Pero nosotros estamos realizando una grabación entre particulares para demostrar la realidad del contenido hablado.

Así que, la próxima vez que un amigo te pregunte ¿grabar a una persona sin su consentimiento es delito?, que sepas que puedes decirle con total tranquilad que no. Y que tampoco necesita anunciar que va a darle al rec de la grabadora.

¿Puedo grabar en mi casa?

Siempre que intervengas en la conversación Sí. Otra cosa diferente es que quieras dejar activado una grabadora y que se pase el día grabando. Si captas una conversación ajena en la que no estás interviniendo en ella si estarías cometiendo una ilegalidad al grabar. Y esa grabación no sería admitida como prueba.

Debes saber que la grabación de conversaciones ajenas sólo es posible a través de la oportuna orden judicial, en la que se procedería a lo que tradicionalmente se llama pinchado del teléfono para captar sus conversaciones.

¿Me pueden grabar en mi casa?

, siempre que se cumplan los requisitos de intervención en la conversación. Si lo que se pretende es capturar desde fuera la conversación que tu estás manteniendo en el interior esa grabación será ilegal.

¿Grabar conversaciones de mis hijos es legal?

Si en la conversación que quieres grabar intervienes como participante, es LEGAL. Otra cosa es que quieras grabar las conversaciones que mantiene tu hijo/a con otras personas.

Es muy importante matizar la pregunta.

Lo primero de todo sería concretar la edad de los hijos menores, porque en función de su grado de madurez, puede estar completamente protegida su esfera de intimidad. En uso de nuestra patria potestad acceder a su móvil a cotillear con quien se escribe por whastapp o ver con quién habla puede suponer que estemos cometiendo un delito.

Tampoco sería una prueba legal y en consecuencia una grabación válida colocar aparatos de grabación a los menores al objeto de grabar supuestos abusos o amenazas de terceras personas que se quedan a su cargo. En el momento que no intervenimos de forma personal y directa en la conversación dejamos de darle validez a la grabación.

Ojo! Ello no significa que podamos hacer la grabación a los efectos de conocer, por ejemplo, si el cuidador o cuidadora está actuando adecuadamente con nuestros hijos, pero no podremos usarla para denunciar los hechos puesto que la prueba sería ilícita.

Sin embargo, nos puede servir para poner más atención o foco o para adoptar otras medidas a la vista de sus resultados.

Otra cosa es que instaláramos cámaras de seguridad en nuestra casa y que en cumplimiento de la normativa de protección de datos avisáramos de su existencia y de que se va a proceder a su grabación.

Si esas cámaras de vigilancia grabaran el contenido de un abuso hacia nuestros hijos sí podrían ser utilizadas perfectamente como prueba de cara a denunciar los hechos.

¿Son válidos los audios como medio de prueba?

Siempre que cumplan con los requisitos que hemos destacado Sí. No sólo son válidos sino que son IMPRESCINDIBLES. No hay mejor manera de probar la realidad ocurrida entre dos personas que una grabación.

Hemos llegado a escuchar grabaciones de clientes en las que sus mujeres al comienzo de la ruptura se han puesto a gritar ante la presencia de sus entonces maridos para poder simular una supuesta agresión.

Gracias a los audios de las grabaciones hemos podido defender a los maridos y conseguir el archivo por simulación e inexistencia de delito.

Y también gracias a los audios hemos podido demostrar como la ex pareja insultaba, amenazaba e intimidaba a nuestra clienta a la más mínima oportunidad en la que se encontraban a solas y sin testigos.

Nosotros llevamos años recomendado las grabaciones como prueba y mucho más en los temas de familia en los que la presencia de testigos suele ser escasa o inexistente. La mayoría de los hechos que son objeto de denuncia tienen su origen en la intimidad del hogar familiar sin la presencia de testigos que puedan corroborar la realidad de lo acontecido.

Por eso no hay mejor método de prueba para acreditar la verdad en un juzgado que una conversación grabada como prueba de lo que ha acontecido entre las partes.

Incluso es divertido ver la cara del farsante cuando en su declaración policial exagera hechos no vividos, que quedan totalmente desacreditados al escuchar la grabación en el acto del juicio.

¿Es necesaria una pericial de audio?

Lo ideal es disponer de un informe pericial forense que acredite que el audio no ha sido manipulado y que se ha procedido a su extracción cumpliendo todas las garantías a la hora de su presentación en el juzgado para evitar que nos rechacen su aportación.

A nosotros nos gusta solicitar en prevención prueba pericial para el caso de que se proceda a su impugnación, con el único riesgo que al ser necesario la suspensión de la vista, que sea inadmitida por innecesaria por su señoría.

Pero cada juzgado tiene sus costumbres. Hemos llegado a comparecer en sala con el informe, el perito especializado y su señoría indignarse por su presentación al considerar en este caso que ella era quien decidía la autenticidad o no de las grabaciones.

Por desgracia algunos jueces todavía piensan que tienen poder y conocimientos sobre todo lo que entra en su sala.

Para aportar las grabaciones al juzgado se hace necesario transcribir en papel la totalidad de su contenido o aquellas partes que resulten relevantes para el acto del juicio para incluirlos en el los autos del juicio, al objeto de facilitar la labor del letrado de la administración de justicia en la escucha y verificación de que el contenido es exacto a la grabación aportada.

Si la otra parte decide impugnar las grabaciones, se podría solicitar la realización al momento de solicitar las pruebas de la realización de las oportunas periciales de su contenido.

¿Es posible que sin enterarme me graben las conversaciones en mi android oculto?

. Te han podido instalar un programa troyano que permita el acceso para instalar un software espía en tu móvil. Parece ciencia ficción pero realmente no es nada complicado.

En muchas ocasiones nos descargamos aplicaciones fuera de googleplay o del applestore y no verificamos los permisos que nos solicita en su instalación.
Si una aplicación como puede ser una linterna te pide autorización para acceder a tus contactos, a tu cámara y micrófono, que no necesita para nada. Por lo menos deberías dudar.

Existen aplicaciones que son vendidas en el mercado como aplicaciones de búsqueda remota para el caso de perdida de los terminales. Como puede ser la archi conocida Cerberus que permiten en tu android ocultar su instalación del menú de programas y al usuario que lo ha instalado localizar por GPS donde se encuentra ubicado el terminal, así como, encender vía remoto cámara y micrófonos, escuchando y viendo todo lo que esté en el campo de visión y escucha del terminal.

Esta aplicación ha sido mal utilizada en muchas ocasiones por padres para controlar a sus hijos adolescentes o por esposos celosos que han querido controlar de una forma obsesiva a sus parejas o mujeres.
Que sepas que dichas conductas son delictivas y que a través de un análisis forense del dispositivo móvil se puede detectar la presencia de esas herramientas de espía.

¿Cómo grabar la llamada de voz recibida en mi móvil?

Si tu dispositivo móvil es un android, la herramienta más utilizada es Call recorder.

Una aplicación para grabar cualquier llamada recibida en tu móvil o emitida desde tu móvil que quieras grabar y guardar. Puedes elegir qué llamadas se graban y cuáles quieres que se ignoren. Escuchar la grabación, añadir notas y compartirla. Se integra con Google Drive y Dropbox para almacenar los archivos en la nube.

Y si quieres darle un plus añadido de validez legal a aquellas grabaciones o llamadas que emites o recibes puedes utilizar Burovoz, que es un servicio de grabación de llamadas que certifica la excelente calidad, su validez legal al venir certificada la grabación, el momento en el que se realiza al incluir un certificado digital de tiempo que acredita la fecha y la hora exacta de su realización. También, la validez de su contenido de todas aquellas llamadas que realices o recibas que quieras que sean grabadas y gestionadas por esta empresa a través de la certificación de tercero de confianza electrónico.

El único inconveniente es que es un servicio de pago, aunque que en muchos casos es la mejor opción para evitar problemas.

¿Hay alguna aplicación para grabar llamadas en el iPhone?

Son muchas y variadas las aplicaciones existentes en la appstore que tras pagar un suculento precio te permiten realizar la grabación de las llamadas.
“Call recorder – Intcall” es una de las más populares en el entorno de la manzanita.
Como en todo para gustos los colores. Es cuestión de echarles un vistazo y ver cuál es la que mejor se adapta a nuestro bolsillo y gustos.

¿Existe jurisprudencia sobre grabaciones sin consentimiento?

Son muchas las sentencias tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal Constitucional que hablan sobre la validez de las grabaciones.
Entre las más destacadas la Sentencia del Tribunal Constitucional 114/1984, de 29 de noviembre o la Sentencia del Tribunal Constitucional 56/2003, de 24 de Marzo.

Así como, la Sentencia del Tribunal Supremo 3585/2016 de 15 de julio de 2016, la Sentencia Tribunal Supremo 2081/2001 de 09 noviembre 2001, la Sentencia Tribunal Supremo 2008/2006 de febrero de 2006, la Sentencia del tribunal Supremo 1051/2009 de 28 de octubre de 2009, la Sentencia Tribunal Supremo 682/2011 de 24 de junio de 2011 o la Sentencia Tribunal Supremo 298/2013 de 13 de marzo de 2013 entre muchas otras.
Si tienes alguna otra duda que te gustaría que resolviésemos sobre las grabación de conversaciones entre particulares como medio de prueba valido en los juzgados, sólo tienes que ponerte en contacto con nosotros a través de dejar un comentario a este post en nuestro blog o bien mediante el envío de un whatsapp al 627532798.

Si te ha sido de utilidad nuestro contenido, por favor, ayúdanos a compartirlo en tus redes sociales.

Tenemos una misión: tratar de ayudar al máximo número de personas posible mediante la creación de contenidos que den respuesta a aquellas dudas que más están inquietando a padres y madres en proceso de divorcio.

Si tienes más dudas, no encuentras respuesta en nuestros contenidos, y consideras que puede ser de utilidad para un gran número de personas que como tú, te pedimos que por favor, nos la hagas llegar para que podamos generar el contenido adecuado que pueda ayudarte.

Deja un comentario

Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?