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En España, tanto la pareja de hecho como el matrimonio son fórmulas legales que reconocen la unión entre dos personas, pero no son equivalentes.
Las diferencias afectan a derechos sucesorios, beneficios fiscales, trámites y requisitos legales.
Conocerlas es fundamental para decidir qué opción se adapta mejor a cada situación personal y familiar.
Muchas parejas no le dan la importancia que tiene a situaciones como la regulación o participación económica en el proyecto de familia, no son conscientes de una de las grandes diferencias entre el matrimonio y la pareja de hecho es que en la pareja de hecho salvo en determinadas comunidades o por la existencia de acuerdos o regulaciones entre las partes no establece régimen económico a la pareja ni protege situaciones de dependencia económica de una parte frente a la otra por los cuidados y atenciones familiares.
¿Matrimonio o pareja de hecho?
La elección entre matrimonio y pareja de hecho depende de factores legales, económicos y personales.
El matrimonio está regulado de forma uniforme en todo el territorio español por el Código Civil, mientras que la pareja de hecho se regula por leyes autonómicas, lo que genera diferencias significativas entre comunidades.
Además, el matrimonio confiere automáticamente una serie de derechos y obligaciones desde su formalización, mientras que la pareja de hecho requiere, en la mayoría de los casos, inscripción en un registro específico para que se reconozcan sus efectos legales.
¿Ser pareja de hecho es igual que estar casado?
No. Aunque ambos modelos reconocen la convivencia estable, el matrimonio otorga derechos y obligaciones que la pareja de hecho no siempre garantiza.
Por ejemplo:
- Herencia: en el matrimonio, el cónyuge tiene derechos sucesorios; en la pareja de hecho solo si la legislación autonómica lo prevé o si hay testamento.
- Beneficios fiscales: los matrimonios pueden tributar de forma conjunta en el IRPF; las parejas de hecho solo si la normativa autonómica lo permite.
- Pensión de viudedad: en el matrimonio basta con el vínculo legal; en la pareja de hecho se exigen requisitos adicionales como convivencia previa e inscripción mínima.
Matrimonio vs pareja de hecho: diferencias jurídicas
Las principales diferencias legales entre matrimonio y pareja de hecho en España incluyen:
- Régimen económico: el matrimonio establece un régimen económico matrimonial (sociedad de gananciales, separación de bienes o participación), mientras que en la pareja de hecho no existe automáticamente, salvo que se pacte en documento público.
- Protección en caso de ruptura: en el matrimonio se regulan derechos como pensión compensatoria o reparto de bienes; en la pareja de hecho, la protección depende de acuerdos previos o normas autonómicas.
- Reconocimiento nacional e internacional: el matrimonio es reconocido en todo el país y en el extranjero; la pareja de hecho no siempre es reconocida fuera de la comunidad autónoma donde se inscribe.
- Trámites y requisitos: casarse implica un procedimiento civil o religioso; la pareja de hecho requiere acreditar convivencia y, en la mayoría de comunidades, inscripción en un registro autonómico o municipal.
Qué es mejor casarse o hacerse pareja de hecho
No existe una respuesta única. Casarse ofrece una cobertura legal más amplia y homogénea en todo el territorio, mientras que la pareja de hecho puede ser suficiente para quienes buscan un reconocimiento legal con menos formalidades y, en algunos casos, con ventajas fiscales o laborales similares.
La decisión debe basarse en:
- Las leyes autonómicas vigentes.
- Los objetivos patrimoniales y de protección mutua.
- La necesidad o no de reconocimiento en el extranjero.
- Las implicaciones fiscales y sucesorias.
Consejo de Javier González, abogado especialista en Divorcios
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Conclusiones
Decidir por matrimonio o por ser pareja de hecho es una decisión muy personal, pero sin ninguna duda es una mejor decisión cuando se tiene claridad sobre las ventajas y desventajas de una u otra opción, no decidas a ciegas o por modas, decide con conocimiento.
No te dejes arrastrar por los deseos de quien amas, toma tus propias decisiones, amar y admirar no supone dejar de tener voluntad propia, dirige tu propia vida y toma tus propias decisiones, pero hazlo con conocimiento.
Conclusión
Las diferencias entre pareja de hecho y matrimonio son relevantes tanto en el ámbito legal como en el práctico. El matrimonio ofrece una protección más uniforme y automática en todo el país, con derechos claros en herencia, fiscalidad y pensiones.
La pareja de hecho, en cambio, depende de la normativa autonómica y requiere inscripción para que sus efectos sean reconocidos.
Antes de decidir entre casarse o inscribirse como pareja de hecho, es recomendable informarse de la legislación aplicable en la comunidad autónoma y valorar qué modelo responde mejor a las necesidades de la pareja en materia de protección legal, patrimonio y futuro común.
Referencias
- Código Civil Español – Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil (Regulación del matrimonio, arts. 42 a 107, y régimen económico matrimonial).
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763 - Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil – Regula la inscripción de matrimonios y parejas de hecho cuando así lo prevea la normativa autonómica.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-12628 - Ley General de la Seguridad Social – Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (requisitos de la pensión de viudedad en matrimonios y parejas de hecho, art. 221).
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724 - Ley de Parejas de Hecho de la Comunidad Valenciana – Ley 1/2001, de 6 de abril, de la Generalitat, por la que se regulan las uniones de hecho.
https://dogv.gva.es/portal/ficha_disposicion_pc.jsp?sig=0412/2001&L=1
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Abogado especialista en separaciones y divorcios, con más de 26 años de experiencia al frente de Casasempere abogados.
Número de colegiado: 5.216 del Colegio Oficial de Abogados de Alicante
Especialista en custodias, ya que, además de abogado, es padre y divorciado, y consiguió una custodia exclusiva paterna cuando sus hijos cuando tenían 2 y 4 años, habiendo vivido a día de hoy en sus propias carnes todos los modelos de custodia.