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La figura de la pareja de hecho es una alternativa legal al matrimonio que cada vez utilizan más personas en España.
Casarse o no es una decisión personal, pero que no sea por moda. Desde Casasempere abogados creemos que una consulta con un abogado especializado en el que conocer de verdad las claves de cada régimen matrimonial y las ventajas o desventajas en tu comunidad de ser o no pareja de hecho, te puede ayudar a tomar una decisión más consciente y acertada.
Antes de decir si o no infórmate adecuadamente, vemos a diario personas que tras la ruptura por el simple hecho de no tener pareja inscrita o matrimonio viven situaciones económicas y personales muy complicadas.
Confiar en el amor es maravilloso pero si además te asesoras adecuadamente te evitas vivir situaciones innecesarias.
Se trata de una unión estable entre dos personas que conviven de manera pública y notoria, sin haber contraído matrimonio, pero que deciden registrar su relación para acceder a determinados derechos y beneficios.
Aunque su regulación depende de cada comunidad autónoma, en la mayoría de los casos ofrece reconocimiento jurídico a la relación y ciertas ventajas comparables a las del matrimonio.
¿Qué es una pareja de hecho?
Una pareja de hecho es la unión estable entre dos personas, de igual o distinto sexo, que conviven de manera continuada y comparten una vida en común, pero no han formalizado su relación mediante matrimonio.
Su definición y requisitos concretos dependen de la normativa de cada comunidad autónoma, pero en general exige que la convivencia sea pública, estable y duradera.
Registrar la pareja de hecho ante el organismo competente implica que la relación adquiere un reconocimiento jurídico que puede generar derechos y obligaciones, especialmente en materia de herencias, beneficios fiscales, pensiones y ayudas sociales.
Beneficios y ventajas de ser pareja de hecho
Entre los beneficios más comunes de inscribirse como pareja de hecho se encuentran:
- Posibilidad de acceder a pensión de viudedad, siempre que se cumplan los requisitos de cotización y convivencia.
- Acceso a determinados beneficios fiscales o bonificaciones, dependiendo de la comunidad autónoma.
- Derechos en materia de vivienda, como subrogación en contratos de alquiler.
- Reconocimiento en procesos de adopción conjunta en algunas comunidades.
- Acceso a permisos laborales por enfermedad grave o fallecimiento de la pareja.
Aunque no siempre equipara todos los derechos del matrimonio, para muchas parejas supone un reconocimiento legal suficiente que evita trámites más complejos.
Derechos de una pareja de hecho inscrita o no inscrita
Los derechos varían según si la pareja está registrada oficialmente o no.
- Pareja de hecho inscrita: goza de reconocimiento jurídico formal y puede acceder a beneficios y protecciones establecidos por la normativa autonómica. Esto incluye derechos sucesorios, fiscales, laborales y de seguridad social.
- Pareja de hecho no inscrita: aunque la convivencia pueda ser reconocida a efectos probatorios en algunos procedimientos, no suele otorgar la mayoría de beneficios legales. En estos casos, acreditar la relación puede requerir pruebas como empadronamiento conjunto, testigos o contratos compartidos.
¿Cuándo se considera pareja de hecho?
Depende de la comunidad autónoma, pero en general se considera pareja de hecho cuando dos personas han convivido durante un periodo mínimo normalmente entre uno y dos años o si tienen descendencia en común, independientemente del tiempo de convivencia.
Algunas normativas también contemplan que, sin necesidad de plazo mínimo, la inscripción en el registro oficial consolida la consideración de pareja de hecho desde ese momento.
¿Cómo saber si soy pareja de hecho?
Para saber si legalmente eres pareja de hecho, es necesario comprobar:
- Si existe inscripción de la relación en el registro autonómico o municipal.
- Si se cumplen los requisitos de convivencia establecidos en la legislación de tu comunidad autónoma.
- Si hay hijos en común, ya que en algunos casos esto agiliza o sustituye los plazos de convivencia exigidos.
En ausencia de inscripción, la consideración de pareja de hecho dependerá de la capacidad de demostrar la convivencia estable y pública mediante pruebas documentales y testificales.
- Consejo de Javier González, abogado especialista en Divorcios
- Actualmente es muy frecuente que muchas parejas jóvenes rechacen el dar el paso del matrimonio, en muchas ocasiones por los costes que socialmente se han admitido a las celebraciones de la boda. Pero de cara al futuro y al proyecto de vida en común sería de tu interés valorar el como se va a regular la vida económica en pareja para que al momento de la ruptura no existan tantos problemas.
- Si decides no estar protegido por la figura del matrimonio, debes procurar tener tu independencia económica y laboral, son muchos los casos de parejas que al momento de la ruptura se encuentran con que son totalmente dependientes y con unas edades o falta de formación que les hace muy complicado su reenganche al mundo activo laboral. El amor no lo puede todo en tu relación, tener claridad y prevenir con acuerdos claros si.
- En España tenemos la mala costumbre de solo asesorarnos legalmente cuando tenemos el problema encima. Consultar con un abogado especialista antes de tomar una decisión te puede ahorrar mucho dolor y sufrimiento futuro.
- Conclusiones
- La inscripción en el registro de parejas de hecho de tu ayuntamiento facilita la prueba y el acceso a tus derechos por la convivencia.
- No rechaces las virtudes del contrato matrimonial sin haberte asesorado adecuadamente y mucho menos en aquellas parte del territorio nacional donde no existe regulación autonómica sobre las parejas de hecho.
- Muchas veces es por moda social más que por decisión personal con conocimiento, que tu decisión de ser pareja de hecho este basada en el conocimiento previo de las virtudes y desventajas de una u otra opción.
Conclusión
La pareja de hecho es una figura legal que ofrece una vía intermedia entre la convivencia informal y el matrimonio, con ventajas que dependen en gran medida de su inscripción y de la comunidad autónoma en la que se formalice.
Entre sus principales beneficios están el acceso a pensiones, ventajas fiscales, derechos laborales y reconocimiento en determinadas gestiones legales.
Sin embargo, la falta de inscripción puede limitar considerablemente estos derechos, por lo que es importante conocer la normativa autonómica, valorar si merece la pena formalizar la unión y entender qué implica ser pareja de hecho para cada caso particular.
Referencias
- Código Civil Español – Disposiciones generales sobre el matrimonio y figuras jurídicas afines.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763 - Ley General de la Seguridad Social – Requisitos para el acceso a la pensión de viudedad por parejas de hecho.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724 - Normativas autonómicas sobre parejas de hecho – Regulaciones específicas de cada comunidad autónoma en materia de requisitos, inscripción y derechos.
- Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/116/1
- Madrid:https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2001/01/29/01300.pdf
- Cataluña: https://portaldogc.gencat.cat/utilsEADOP/PDF/4655/748704.pdf
- Ley 5/2012, de 15 de octubre, de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana
Regula las uniones de hecho formalizadas en la Comunidad Valenciana, estableciendo requisitos, efectos jurídicos y derechos asociados para quienes convivan de forma afectiva sin estar casados.
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Abogado especialista en separaciones y divorcios, con más de 26 años de experiencia al frente de Casasempere abogados.
Número de colegiado: 5.216 del Colegio Oficial de Abogados de Alicante
Especialista en custodias, ya que, además de abogado, es padre y divorciado, y consiguió una custodia exclusiva paterna cuando sus hijos cuando tenían 2 y 4 años, habiendo vivido a día de hoy en sus propias carnes todos los modelos de custodia.