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Madre.- Javier, yo lo que quiero es conseguir la custodia exclusiva de mis hijos, ¿es posible?
Javier.- ¿Existen motivos para que no sea efectiva una custodia compartida?
Madre.- Claro que si, él no sabe cuidar de mis hijos, no lo ha hecho nunca. He sido yo siempre la que ha cuidado de los niños desde que nacieron.
En España, la custodia completa para la madre también conocida como custodia exclusiva o custodia materna es un régimen en el que los hijos menores viven de forma habitual con la madre, mientras que el padre mantiene derechos como el régimen de visitas y la obligación de contribuir económicamente al mantenimiento de los hijos.
Aunque en la actualidad los tribunales tienden a favorecer la custodia compartida, la custodia exclusiva sigue siendo otorgada cuando se considera la opción más adecuada para proteger el interés superior del menor.
¿Qué se necesita para tener la custodia completa?
Para obtener la custodia completa para la madre es necesario iniciar un procedimiento judicial, ya sea dentro de un divorcio, una separación o unas medidas paternofiliales. Los requisitos básicos incluyen:
- Acreditar que esta modalidad es la más beneficiosa para el menor.
- Presentar pruebas de la implicación de la madre en el cuidado diario y la educación.
- Demostrar que se dispone de un entorno estable y adecuado para el desarrollo del menor.
- Cumplir con las condiciones legales establecidas en el Código Civil y, en su caso, en las leyes autonómicas.
- Presentar las pruebas que acrediten la imposibilidad de llevar a efecto en tu caso una custodia compartida
¿Qué valora un juez para dar la custodia a la madre?
Los jueces toman la decisión basándose en el interés superior del menor, valorando factores como:
- Las causas concretas que en tu caso pueden hacer ineficaz la alternancia en los cuidados a través de una custodia compartida.
- La dedicación previa de cada progenitor a las tareas de cuidado.
- La estabilidad emocional, laboral y económica de la madre.
- La disponibilidad para atender a los hijos en su día a día.
- El entorno familiar y social que se ofrece al menor.
- Posibles riesgos para la seguridad o bienestar del niño si vive con el otro progenitor.
En muchos casos, se solicita un informe psicosocial para ayudar al juez a tomar una decisión fundamentada.
¿Cuándo dan la custodia solo a la madre?
La custodia exclusiva para la madre se concede cuando se demuestra que es la opción más favorable para los hijos. Esto puede suceder en casos como:
- Alta implicación de la madre en la crianza frente a menor implicación del padre.
- Incompatibilidad laboral o personal del padre para asumir la custodia.
- Existencia de conflictos graves, conductas inadecuadas o problemas de salud que dificulten el cuidado por parte del otro progenitor.
- Cuando los menores así lo expresan, en función de su edad y madurez, y el juez considera que su opinión es coherente con su interés.
- Existencia de causas o motivos que hacen ineficaz los beneficios de la custodia compartida.
Cómo son las visitas en el caso de custodia materna
En la custodia exclusiva para la madre, el padre suele tener un régimen de visitas establecido judicialmente. Este régimen puede incluir:
- Fines de semana alternos.
- Visitas intersemanales.
- Periodos vacacionales repartidos proporcionalmente.
Si existen circunstancias especiales, como distancia geográfica, problemas de relación o situaciones de riesgo, el régimen de visitas puede ser más restringido o supervisado.
Consejos para preparar una audiencia de custodia
- Reunir toda la documentación que acredite la dedicación a los hijos: certificados escolares, informes médicos, actividades extraescolares.
- Presentar testigos que puedan corroborar la implicación en la crianza.
- Demostrar estabilidad laboral y un entorno seguro para los menores.
- Mantener una actitud cooperativa y respetuosa en sala, ya que la disposición a favorecer la relación con el otro progenitor también es valorada por el juez.
- Aportar todas las pruebas que acrediten la ineficacia de la custodia compartida o la imposibilidad de su establecimiento.
Consejo de Javier González, abogado especialista en Divorcios
Más que demostrar por qué se debe conceder la custodia exclusiva aconsejamos poner en evidencia los motivos o causas que impiden aplicar la custodia compartida para dejar abierta al juez la opción de la custodia exclusiva.
Si tu deseo es obtener la custodia exclusiva no pongas el foco de atención sobre ti, debes poner toda tu atención en tus hijos, los problemas que genera para ellos la custodia compartida y los beneficios que obtienen con la exclusiva.
Conclusiones
Debes analizar en profundidad tu situación personal y familiar para poder empezar a aportar todas las pruebas que permitan justificar la ineficacia de la custodia compartida en tu caso y las ventajas para tus hijos de establecer la exclusiva.
Obtener la custodia exclusiva se ha vuelto hoy por hoy una opción a considerar solo cuando se demuestra las desventajas para los hijos de la compartida.
Referencias
- Código Civil Español – Artículos 90 a 94
Regulan la patria potestad, guarda y custodia, así como el régimen de visitas y la pensión alimenticia en procesos de separación, divorcio o medidas sobre hijos no matrimoniales. - Ley 15/2005, de 8 de julio
Modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, incorporando criterios para determinar el régimen de custodia más beneficioso para el menor. - Ley de Enjuiciamiento Civil – Artículos 748 a 781
Regulan los procesos sobre capacidad, filiación, matrimonio y menores, incluyendo la tramitación de procedimientos de custodia exclusiva. - Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor
Establece el principio del interés superior del menor como criterio prioritario para la concesión de custodias.
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Abogado especialista en separaciones y divorcios, con más de 26 años de experiencia al frente de Casasempere abogados.
Número de colegiado: 5.216 del Colegio Oficial de Abogados de Alicante
Especialista en custodias, ya que, además de abogado, es padre y divorciado, y consiguió una custodia exclusiva paterna cuando sus hijos cuando tenían 2 y 4 años, habiendo vivido a día de hoy en sus propias carnes todos los modelos de custodia.