Como pasar de gananciales a separacion de bienes

Cómo pasar de gananciales a separación de bienes

En España, el régimen económico matrimonial más común por defecto es el de sociedad de gananciales, salvo en algunas comunidades autónomas como Cataluña o Baleares, donde predomina la separación de bienes.

Sin embargo, cada vez más parejas buscan modificar su situación patrimonial por diversos motivos: independencia económica, protección del patrimonio individual, o previsión ante una posible ruptura.

Si te preguntas cómo pasar de gananciales a separación de bienes, en este artículo encontrarás toda la información clave.

Si estoy casado en gananciales, ¿puedo cambiar al régimen de separación de bienes?

Sí, es completamente legal y posible cambiar el régimen económico matrimonial después de haberse casado. Este cambio está regulado por el artículo 1.325 del Código Civil español, que permite a los cónyuges modificar su régimen económico mediante escritura pública notarial, siempre que ambos estén de acuerdo.

Este trámite es voluntario y no requiere una causa justificada. Sin embargo, hay que tener en cuenta que dicho cambio no tiene efectos retroactivos: los bienes adquiridos durante el régimen de gananciales seguirán rigiéndose por ese régimen, mientras que los adquiridos con posterioridad se regirán por la nueva separación de bienes.

¿Se puede modificar la separación de bienes después de hacerla?

También es posible, aunque menos habitual, revertir una separación de bienes para volver a la sociedad de gananciales u optar por otro régimen económico.

El procedimiento es similar: requiere escritura pública notarial y, en su caso, inscripción en el Registro Civil. Como en el caso anterior, la voluntad debe ser común y mutua entre ambos cónyuges.

¿Cómo es el proceso de cambio de régimen?

El cambio de gananciales a separación de bienes se formaliza ante un notario mediante la redacción de capitulaciones matrimoniales, que son un documento jurídico que recoge el nuevo régimen pactado. Los pasos principales son:

  1. Acuerdo entre ambos cónyuges para modificar el régimen económico matrimonial.
  2. Redacción de las capitulaciones matrimoniales por un notario.
  3. Inventario de bienes y deudas comunes, si se quiere dejar constancia de la liquidación del régimen anterior.
  4. Firma de la escritura pública notarial.
  5. Inscripción en el Registro Civil, para que el cambio tenga efectos frente a terceros.

Es importante contar con asesoramiento legal para asegurarse de que el cambio no vulnera los derechos de ninguno de los cónyuges ni afecta a terceros, como acreedores o herederos.

¿Cuánto cuesta cambiar de gananciales a separación de bienes?

El coste de pasar de gananciales a separación de bienes puede variar en función de diversos factores:

  • Honorarios notariales: entre 50 € y 150 €, dependiendo de la complejidad del documento.
  • Honorarios de abogado (opcional, pero recomendable): entre 150 € y 300 €, aproximadamente.
  • Registro Civil: no tiene coste directo, pero puede haber gastos administrativos.

En total, el cambio suele costar entre 200 € y 500 € si se incluye asistencia jurídica. En caso de que se proceda también a la liquidación de bienes, pueden generarse costes adicionales por la valoración y división de patrimonio.

Consideraciones adicionales sobre el cambio de régimen

Cambiar de gananciales a separación de bienes es una decisión que suele implicar cuestiones prácticas y emocionales importantes. Es recomendable realizar este paso cuando:

  • Uno de los cónyuges va a iniciar una actividad empresarial o profesional con posibles riesgos económicos.
  • Existe un deseo de mayor independencia patrimonial, sin que esto implique desconfianza.
  • Se quiere prevenir conflictos patrimoniales en caso de ruptura.

En definitiva, el cambio de régimen económico matrimonial es una herramienta legal que puede dar seguridad y claridad a las parejas sobre la administración de sus bienes, tanto durante el matrimonio como en un eventual proceso de separación o divorcio.

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