He asesorado a cientos de madres a lo largo de estos más de 21 años como abogado, y todas ellas sienten auténtico terror a perder la custodia de sus hijos. Es una característica común que une a todas las madres, y que he visto pasar por nuestro despacho. El miedo a perder la custodia de sus hijos.
Sólo pensar que pueden perder el contacto diario con sus hijos, les hace romper a llorar y angustiarse. En muchas ocasiones, su temor no es por no querer compartir a sus hijos con el padre, sino simplemente porque conocen muy bien a ese padre que han elegido y son conscientes de sus carencias. Les da miedo que sus hijos puedan correr peligro en los espacios de tiempo que deban compartir con él sin su supervisión.
A día de hoy, en España, en un momento en el que la custodia compartida cuenta con el beneplácito del Tribunal Supremo y es la opción más habitual en los procedimientos de familia, lo que muchas madres se suelen preguntar al iniciar el camino de la ruptura de pareja es ¿cómo conseguir custodia materna? ¿Es posible la custodia completa para la madre en España? ¿Qué requisitos necesito cumplir para tener la custodia en exclusiva?
Parece que lo complicado ahora es obtener una custodia exclusiva materna.
Lo primero que tenemos que tener presente es que NADIE CONSIGUE la CUSTODIA a costa del otro padre o madre. Si eres de los que busca en google “como quitar la custodia a la madre o al padre”, este no es el blog que buscabas. Te invitamos a que no nos sigas. No somos tu despacho.
Esta semana nos entró un contacto por whatsapp y tras un “Buenas noches” nos preguntó directamente “Quiero quitarle mi hija a su madre”.
Nuestra respuesta fue también muy clara y directa:
“Nosotros no nos dedicamos a eso. En Casasempere abogados no ayudamos a quitar nada a nadie y menos un hijo a su padre o madre. Lo siento”.
Tenemos que entender que los hijos no son propiedad de nadie, y el hecho de que se conceda una opción u otra de custodia, es sólo porque dentro de las características de esa concreta familia es lo más favorable para el desarrollo y evolución del hijo menor.
Tanto el padre como la madre, dentro de sus limitaciones personales, hacen lo mejor que saben en cada momento. Tenemos que empezar a ACEPTAR que nadie es perfecto. Que todos tenemos nuestra carencias y limitaciones.
Sin embargo, si un día decidiste que esa persona, que ahora tanto criticas, fuera la madre o el padre de tus hijos, si un día lo mirabas como la persona más maravillosa del mundo, tanto que llegaste a fundirte en la máxima expresión del amor para tener hijos en común, ahora debes ACEPTAR que esa persona es como es, y que es la madre o padre que tienen tus hijos.
Requisitos para conseguir la custodia materna
Desde nuestra experiencia, consideramos que son 8 los requisitos, a día de hoy, para que una madre pueda tener la tranquilidad de que la custodia de sus hijos va a ser en exclusiva para ella:
- Atención y dedicación previa a la ruptura.
- Edad de los hijos menores.
- Disponibilidad temporal.
- Interés del menor.
- Proximidad del domicilio.
- Voluntad del propio menor.
- Relación entre los progenitores.
- Ayuda externa.
Veamos con más detalle cada uno de ellos:
1.- Atención y dedicación previa a la ruptura
Sí, durante la convivencia de pareja, era la madre quien se ocupaba en exclusiva, o en su mayoría, de los cuidados y atenciones de los hijos comunes, debes saber que uno de los requisitos que se buscan en los juzgados de familia es el mantener la misma situación que existía antes de la ruptura. Se pretende evitar un cambio en los hábitos de cuidados de los hijos menores (ya es bastante alteración en su vida la ruptura) y, por ello, se trata de continuar con lo que se hacía cuando era constante la convivencia de pareja.
Por eso, siempre decimos que aquellos padres, que han mantenido un rol pasivo en los cuidados y atenciones de sus hijos menores, tienen una carga negativa extra de cara a conseguir la custodia de sus hijos.
Ello, no significa que tras la ruptura no se pueda compartir el tiempo de cuidados entre ambos padres, pero si es cierto que inclina más la balanza hacia el que ha cuidado y atendido a los hijos hasta ahora.
2.- Edad de los hijos menores
La edad de los hijos es un factor determinante a la hora de valorar la custodia exclusiva para la madre. Si estamos hablando de un bebé lactante de menos de 2 años, la balanza se inclina más a que la custodia sea atribuida en exclusiva a la madre. Y no porque un padre no pueda cuidar de su bebé, sino simplemente por naturaleza. Para alimentarlo se hace imprescindible la leche materna y pretender alejarlo por la ruptura de su mejor fuente de defensa es cometer un gran error.
A partir de los 3 años, es más factible conseguir custodia compartida porque los hijos ya no tienen tanta dependencia directa de las madres. La lactancia materna ha sido normalmente sustituida por alimentos sólidos, y los niños ya son capaces de expresar, manifestar sus deseos y preferencias, lo que hace que sea más fácil el compartir los cuidados.
Las madres también ven con mejores ojos a partir de esas edades, el compartir los cuidados de sus hijos con el padre porque ven menos vulnerables a sus hijos.
3.- Disponibilidad temporal
Que la madre disponga de mayor flexibilidad horaria o laboral, para atender en aquellos espacios de tiempo en los que los hijos menores no tienen colegio, es fundamental para que se valore en el juzgado como opción más favorable la custodia exclusiva para la madre.
Si la madre tiene que trabajar horas y horas para salir adelante en su vida, y al final tampoco dispone de tiempo para de forma directa y personal atender los cuidados de los menores, se le puede complicar el que se le otorgue la custodia exclusiva a su favor.
Y a la inversa, si el padre amenaza con pedir la custodia compartida pero su ritmo de trabajo es incompatible con la custodia compartida, va a resultar complicado que se la otorguen por voluntad propia.
4.- Interés del menor
Es el requisito fundamental y base de los procedimientos de familia. Todo gira en los juzgados sobre esta máxima. Se busca encontrar la opción más beneficiosa en ese concreto supuesto para el menor. La custodia compartida o la exclusiva materna. Para ello, es necesario aportar las pruebas necesarias que permitan valorarse en unión del resto de requisitos que vamos a reseñar, todo ello para que el juez pueda apreciar en conjunto con qué opción se favorece más el desarrollo y evolución del menor.
Debemos ser conscientes que, ante la falta de acuerdo como padres, trasladamos el “papelón” al juez de familia que, además, es completamente ajeno a la vida previa de esa familia. Con las pruebas que se le aportan, que en muchas ocasiones son escasas porque son hechos muy íntimos, se exige al juez una decisión.
Por eso, en Casasempere abogados somos más partidarios del acuerdo, de la responsabilidad y del entendimiento entre los padres. Nadie mejor que los padres va a conocer y saber qué es lo que más beneficia a su hijo menor. Quien mejor que los padres para saber qué carencias presenta su hijo y quién es el que mejor las atiende en cada momento. Por eso, es necesario que se decida lejos de egoísmos personales y de peleas por ego en lo que solamente se busca ganar. Lo prioritario debe ser buscar lo mejor para los hijos tras la ruptura.
Si quieres resolver tu divorcio sin conflictos, empieza a aplicar esta máxima. Todo cuanto decidas hazlo fuera de egoísmos. Céntrate en buscar lo mejor para tus hijos, aunque vaya en contra de tus propios intereses personales Sé honesto contigo mismo.
5.- Proximidad del domicilio
No se puede pretender optar a obtener una custodia exclusiva si la residencia se tiene fijada a kilómetros de distancia, en horas del núcleo de vida del menor. Si nuestro hijo ya acude a un colegio y tiene su entorno social en un núcleo urbano, es esencial que dispongas de tu residencia en esa misma zona.
Cuando los hijos son muy pequeños, y todavía no acuden a guarderías escolares, es mucho más fácil lograr un cambio de residencia no consensuado, pero, desde el momento que son escolarizados, su entorno social es un elemento que dificulta el cambio, y cuanto más crecen los hijos más complicado se hace.
En muchas ocasiones, hemos visto padres condenados a permanecer inmóviles, u obligados a trasladarse a otras localidades, por el simple hecho de que sus hijos estaban generando lazos sociales en otra localidad.
6.- Voluntad del propio menor
Nuevamente la edad es un factor determinante. Si los hijos ya disponen de una edad superior a los 7 años, su voluntad es tenida en consideración en los informes psicosociales de cara a tomar la mejor decisión. Y, sobre todo, a partir de los 12 años, en los que a través de la exploración directa del menor se puede conocer su expresa voluntad.
La exploración del menor es el trámite en el que el niño es entrevistado a solas por el juez y el Fiscal, en muchas ocasiones en compañía del trabajador social o psicólogo del gabinete psicosocial, de cara a conocer sus preferencias de convivencia.
Evidentemente, va a favorecer de se opte por una custodia exclusiva, el hecho de que el propio menor muestre mayor preferencia por esa opción de custodia que a estar cambiando de residencia cada semana.
Es necesario que dejemos total libertad a los hijos, para expresarse en este tipo de situaciones, porque en muchas ocasiones les provocamos tal chantaje emocional que hace que no sean del todo sinceros, o les provocamos tal angustia y presión que a nosotros nos dicen una cosa y en el juzgado, cuando ya no les queda más remedio, dicen lo que realmente sienten y desean, que muchas veces es lo contrario a lo que te han dicho.
Sin darnos cuenta, presionamos a nuestros hijos para que se cumplan nuestros deseos. Dejemos de ser egoístas y de querer ganar, y empecemos a pensar qué es lo realmente más beneficioso para nuestros hijos.
Durante años he estado peleando en los juzgados y he llevado a mis hijos a un continuo baile de custodias. La decisión más responsable que adopté fue cuando admití sin más discusiones ni peleas que la opción de custodia más idónea para mis hijos era la exclusiva materna.
Mis hijos ya tenían 14 y 12 años, por lo que me senté con ellos y les pregunté de forma clara y directa si ellos querían volver a vivir conmigo. Les dejé total libertad. Quería que fueran del todo sinceros y que me dijeran de qué manera ellos estaban más cómodos y vivían más felices. Les dejé muy claro que yo lo que no quería era estar con cambios continuos y peleas.
Me centré en escuchar desde el amor. Buscando no mi propio y personal interés, sino el bienestar de mis hijos. Les dejé claro que, si ellos vivían felices con su madre, lo admitiría y cesaría de tanta guerra por la custodia. Llegó un momento en mi vida que, tras 10 largos años de guerra, lo realmente importante para mí era el bienestar de mis hijos y ACEPTAR la situación fue un reto de responsabilidad. Si lees nuestro libro, “Bendice tu divorcio”, podrás conocer con detalle la historia y entender cómo se fueron sucediendo los hechos en mi vida, para que al final me centrara en lo realmente importante, mis hijos y su bienestar, y no en querer ganar a la madre.
7.- Relación entre los progenitores
Si la relación entre los padres es totalmente conflictiva y no existe cordialidad alguna, debes saber que se favorece la atribución de la custodia exclusiva. Ello no significa que si tienes una relación magnífica con el padre o la madre de tus hijos, te estés condenando a una custodia compartida.
Si existe cordialidad o cooperación en las decisiones relacionadas con el menor, será mucho más fácil llegar a un entendimiento que evite el tener que acudir al juez para que decida. Y al contrario, si la relación es de total enfrentamiento, falta de comunicación, oposición, discusión, y actúas como si el otro no existiera, lo que favoreces es que el juez se vea obligado a reequilibrar esa situación y conceder la custodia exclusiva. De hecho, si dificultas e impides el adecuado contacto de tus hijos con el otro padre o madre, lo que consigues es que se la concedan éste o ésta, ya que, a los ojos del juez, es la persona que mejor garantiza que se favorezca la cordialidad entre todas las partes.
Si tú dificultas e impides la buena relación de tus hijos con el padre, puedes llegar a provocar justo el efecto contrario y provocar que la custodia de tus hijos sea atribuida en exclusiva al padre. Por eso, lo mejor es entender que padre y madre son fundamentales en la vida de los hijos, y tratar en la medida de lo posible el coordinarse por el bien común de ellos.
Te puedo asegurar que es agotador psicológicamente el vivir en una continua guerra con la madre o padre de tus hijos. Si no me crees, te invito a que leas “Bendice tu divorcio” y que compruebes donde se puede llegar cuando dos padres se centran más en querer tener la razón que en mirar por el bienestar de sus hijos. Mi vida es el mejor ejemplo de lo que se puede llegar a provocar en los hijos, al haber sido arrastrados inconscientemente por la guerra de sus padres.
8.- Ayuda externa
Disponer de la ayuda inestimable de la llamada familia extensa. Abuelos y tíos, todos esos familiares cercanos que nos ayudan en los momentos de más agobio a cuidar de los hijos.
La ayuda de la familia es fundamental porque supone un extra de amor y cariño para los hijos. Que tus hijos tengan una buena relación con sus abuelos, tíos y primos es fundamental para su desarrollo como personas.
Si vives muy distanciado de tus familiares, puede suponer un problema de cara a conseguir la custodia.
Pensión de alimentos en caso de custodia monoparental
Uno de los motivos que provoca mayor oposición a la custodia exclusiva materna, es el hecho de tener que pagar pensión mensual de alimentos. Hay muchos padres que siguen pensando que si disponen de custodia compartida ya no van a tener que pagar pensión de alimentos.
Sin embargo, conviene aclarar que lo que provoca el pago de una pensión de alimentos no sólo es la opción de custodia sino el desequilibrio económico entre las partes. Incluso en custodia compartida, puede existir un pago o compensación de alimentos si la diferencia salarial entre ambas partes es muy elevada. No se pagará pensión de alimentos en custodia compartida solo si los salarios de ambos son iguales o equilibrados.
En la custodia exclusiva materna, el padre abonará el pago de una pensión mensual de alimentos para atender los gastos de sus hijos menores. Dicho importe se calculará en función de las necesidades de los hijos y las posibilidades económicas del padre.
Régimen de visitas en caso de custodia materna
Cuando se atribuye la custodia exclusiva a la madre, se establece un régimen de visitas y estancias con el padre.
El régimen ordinario o habitual es de fines de semana alternos, que va desde el viernes a la salida del colegio, hasta el domingo a las 20 horas o, en función de la edad de los hijos, hasta el lunes a la entrada del centro escolar.
En función del grado de conflicto existente entre los padres, puede, incluso, ser beneficioso, el establecer que el retorno del fin de semana se haga los lunes en el centro escolar, ya que así se reducen las posibilidades de entrar en discusión. De inicio, cuanto menos tiempo se pase juntos, menos probabilidades de llevar cualquier tema al terreno personal y con ello de terminar discutiendo y enfadados.
Una visita entre semana, normalmente los miércoles en aquellas semanas que el padre disfruta del fin de semana, y dos visitas, normalmente los martes y jueves desde la salida del colegio hasta las 20 horas, en aquellas semanas en las que el padre no disfruta con sus hijos del fin de semana. Todo ello, además de la mitad de las vacaciones escolares.
Ventajas de la custodia materna para el padre
Como solemos decir, todo lo que sucede conviene, y a todo se le puede sacar aspectos positivos. Como padre, cuando se disfruta de una custodia exclusiva materna, tu tiempo con los hijos es de más ocio. Cedes el papel de educador a la madre, que es la que debe lidiar a diario con los quehaceres escolares de los niños.
Tu papel se centra en disfrutar del poco tiempo junto a tus hijos y, normalmente, te dedicas a las actividades de ocio y disfrute. Te conviertes en el bueno de la relación porque tu tiempo es tan limitado que te centras en disfrutar realmente de tus hijos.
Otra de las posibles ventajas de la custodia materna para un padre, es que no te ocupas de ropa, libros o materiales escolares. Tú cumples con el pago mensual de la pensión de alimentos, y delegas toda la responsabilidad en la madre custodia que es quien debe estar pendiente de todo.
Reconozco, que es muy complicado aceptar esta situación para muchos padres, como yo, que quieren participar de forma directa en los cuidados de los hijos, y se sienten desplazados y no están cómodos con la opción de “padres visitadores”, sobre todo cuando consideramos que la otra parte no atiende o cuida como a nosotros nos gustaría a los hijos.
Yo hago muchas cosas de una manera y su madre las hace de otra, a veces totalmente distinta. Ni mejor ni peor, simplemente diferente de como yo las hago.
Debo reconocer que es la postura más cómoda dentro de las custodias y te lo dice alguien que ha experimentado todas y cada una de las opciones. La más cómoda es, sin ninguna duda, la de ser un padre pagador-visitador.
Te limitas al disfrute con tus hijos y delegas el resto de obligaciones a quien está a diario en los cuidados y atenciones de tus hijos. Tú simplemente refuerzas la autoridad del otro, en aquellos momentos puntuales en que es necesario, y te centras principalmente en disfrutar junto a tus hijos, en el poco tiempo que dispones a su lado.
¿Cómo conseguir la custodia materna en España?
Habrá que valorar si realmente es la opción de custodia idónea para ese niño o niña, atendiendo a sus características personales y a la actual vida de su padre y madre.
No se trata de CONSEGUIR, se trata de VALORAR si realmente esta opción de custodia es la MEJOR para tu hijo. Supone un ejercicio de mucha responsabilidad personal, cuando deseas compartir tu tiempo en igualdad con tus hijos, y estar a diario presente en su vida, el admitir que la custodia exclusiva materna puede llegar a ser lo mejor para la FELICIDAD de tus hijos.
¿Cómo saber que es la opción adecuada?
En mi caso, ninguna de las opciones anteriores terminaba con el conflicto entre nosotros como padres, y los niños acababan siendo arrastrados en el medio de la batalla. Al final eran ellos los que vivían en una constante angustia y presión, lo que los llevó a no tener ninguna ilusión. A vivir apáticos, sin interés.
Si la manera de sacarlos del conflicto, y de dejarlos que sean NIÑOS y disfruten de su infancia, es ceder la custodia, hazlo. Te aseguro que si yo pudiera volver atrás en el tiempo no lo dudaría, más después de los episodios que tuve que vivir con el paso de los años, provocados por mi afán de compartir en igualdad su tiempo.
Por mi cabezonería (creía que hacía lo mejor para mis hijos) lo único que conseguí fue meter a mis hijos en medio del conflicto y que ellos sufrieran todas las consecuencias de la absurda guerra que ambos padres éramos incapaces de parar.
Mi consejo para ti es el siguiente. Sé tú el responsable. Cede antes de continuar en la guerra porque tarde o temprano el conflicto va a salpicar a tus hijos, y te aseguro que las consecuencias van a ser nefastas y te vas a arrepentir. Tus hijos van a agradecer, mucho más, la cordialidad o la ausencia de guerra, que el estar continuamente cambiando de custodia.
Es mucho mejor que te gastes tu dinero en disfrutar en compañía de tus hijos, que en abogados para conseguir la custodia de tus hijos por encima de todo. El pasar año tras año por el gabinete psicosocial no es un bonito recuerdo de niñez para ellos. Te aseguro que compartir tu tiempo con ellos sí lo es.
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Muchas Gracias
Javier González González
Padre, Divorciado y experto apasionado del Área de Familia en Casasempere abogados.